Preguntas Frecuentes de la versión CFDI 4.0

 

¿Cuando entró en vigor la nueva versión de CFDI 4.0?

De acuerdo con la autoridad, la vigencia de esta nueva versión entró a partir del 1 de enero de 2022, para que los contribuyentes realizarán la implementación a esta nueva versión, contemplando el periodo de convivencia con la versión 3.3.

¿En qué casos en particular se utiliza el RFC genérico?

CASO 1: Para aquellas Facturas Electrónicas globales que amparen una o más operaciones efectuadas con público en general en territorio nacional, se debe utilizar el RFC genérico XAXX010101000, es decir aquellas personas que no están inscritas ante el SAT y por lo tanto no cuentan con un RFC con homoclave.

Ejemplo:

RFC= XAXX010101000
Nombre= PUBLICO EN GENERAL
DomicilioFiscalReceptor = LugarExpedicion
RegimenFiscalReceptor = 616
USOCFDI= S01 “Sin efectos fiscales”

CASO 2: Cuando en los Facturas Electrónicas se efectúen operaciones con clientes extranjeros se debe utilizar el RFC genérico: XEXX010101000”. Así como también se debe de contar con el número de identificación del país de donde resida.

Ejemplo: 

RFC= XEXX010101000
Nombre= PUBLICO EN GENERAL
DomicilioFiscalReceptor = LugarExpedicion
RegimenFiscalReceptor = 616
USOCFDI= S01 “Sin efectos fiscales”

CASO 3: Para la generación de una nómina, en caso de que el trabajador ya haya fallecido se deberá registrar el RFC Genérico XAXX010101000, debiendo registrar la CURP del trabajador fallecido y el campo CURP del nodo Receptor del complemento de nómina.

¿Por qué me dicen "EL NOMBRE NO COINCIDE CON EL REGISTRADO EN EL SAT"?

Las reglas del SAT para CFDI versión 4.0 exigen que el nombre este escrito EXACTAMENTE como aparece en la Constancia de Situación Fiscal del SAT. Tienes que escribirlo copiando mayúsculas/minúsculas, acentos o falta de ellos, abreviaturas, espacios, comillas, signos, faltas de ortografía, etc.

Para personas morales *NO* incluyas el régimen de capital (ej. SA DE CV, S DE RL DE CV, SC, AC, SAS DE CV, etc.) si aparece al final del nombre.

Antes: EL PATITO SA DE CV
Ahora: El PATITO

Para personas físicas escribe primero nombre(s) y después apellido(s).

¿Por qué me dicen "EL CODIGO POSTAL NO COINCIDE CON EL REGISTRADO EN EL SAT"?

Las reglas del SAT para CFDI versión 4.0 exigen que el CFDI incluya el código postal EXACTAMENTE como aparece en la Constancia de Situación Fiscal del SAT.
Si tienes duda sobre el código postal, obtén una Constancia de Situación Fiscal actualizada.


¿Por qué me dicen "EL USO DEL CFDI NO ESTA PERMITIDO PARA EL RÉGIMEN"?

Las reglas del SAT para CFDI versión 4.0 restringen el uso del CFDI dependiendo del régimen fiscal. Revise que el régimen sea el que aparece en la Constancia de Situación Fiscal del SAT, y que el uso que escogió sea permitido por el SAT para ese régimen.
Las personas físicas que indiquen que su régimen fiscal es "Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios", "Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes", "Demás ingresos", "Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México", "Ingresos por Dividendos (socios y accionistas)", "Ingresos por intereses", "Régimen de los ingresos por obtención de premios", o "Sin obligaciones fiscales" no tienen derecho a uso “gastos en general”. En esos casos el uso debe ser “sin efectos fiscales”.
Para mayor información consulte los Catálogos CFDI versión 4.0 en la página del SAT, tablas c_RegimenFiscal y c_UsoCFDI.

¿Por qué no me permiten poner uso "por definir"?

Las reglas del SAT para CFDI versión 4.0 no permiten el uso "por definir".
Para mayor información consulte los Catálogos CFDI versión 4.0 en la página del SAT, tabla c_UsoCFDI.

Necesito usar varias formas de pago, ¿por qué el CFDI sólo incluye una?
Porque las reglas del SAT para CFDI versión 4.0 sólo permiten incluir una forma de pago al momento de generar el CFDI, y especifican que "[...] en el caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los contribuyentes deben incluir en este campo la clave de forma de pago con la que se liquida la mayor cantidad de pago." Para mayor información consulte el anexo 20 de la resolución miscelánea fiscal para 2022, publicado en el diario oficial del 13 de enero de 2022, y la guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet.

Si realizo una factura a público en general ¿qué datos debo colocar?
Nombre/ Razón Social: PUBLICO EN GENERAL
RFC: XAXX010101000
Régimen fiscal: Sin obligaciones fiscales
CP: se debe colocar el CP del lugar donde se está emitiendo (lugar de expedición) el CFDI, esto es, el tuyo.
Uso del CFDI: Sin efectos fiscales

¿Qué pasará con las operaciones para el público en general?

Al emitir un CFDI para el público en general se tendrá que validar información del campo del emisor, así como establecer datos adicionales en el caso de cuando se esté generando un CFDI a nombre de terceros.

¿Habrá cambios en el complemento de pagos?

Sí, se actualiza a la versión 2.0. La autoridad busca añadir información para identificar si los pagos son objeto de impuestos (IVA, IEPS), o no, así como un resumen de los importes totales de los pagos realizados y de los impuestos generados.

¿Habrá nuevos requisitos que cumplir para aquellos casos de operaciones de exportación?

Si, el comprobante ampara una operación de exportación, en esta nueva versión 4.0.

¿Para cumplir con el CFDI 4.0 a tiempo y sin complicaciones en la operación de mi negocio que necesito?

En primera instancia asesorate con tu contador para asegurarte que comprendas bien estos cambios, y que cuentas con toda la información necesaria para emitir  tus comprobantes con la versión 4.0.

Segundo, asegura que tu sistema de facturación esté actualizado, y que haya incorporado todos los cambios necesarios para emitir los CFDI versión 4.0.

¿El nombre de emisor y receptor se validará incluyendo los signos como las comas, puntos y/o caracteres especiales como el “&”, o habrá un margen de coincidencia?

Para el nombre del emisor éste debe corresponder con el nombre con el que se dio ante el SAT.

Y para el nombre del receptor debe encontrarse en la lista de RFCs inscritos no cancelados por el SAT y deberá estar asociado a la clave de RFC registrado en el atributo RFC del Nodo Receptor, el cual aparecerá conforme se encuentre en la Constancia de situación Fiscal del RFC.

¿Podrá timbrarse el complemento de pago 2.0 dentro de la versión CFDI 3.3 durante el periodo de convivencia?

No, el complemento de pago en su versión 2.0 solo es compatible con la versión 4.0 del CFDI.

En caso de ser una empresa extrajera el nombre del Emisor y Receptor deberá incluir comas, puntos y/o caracteres especiales como el "&" , o habrá un margen de coincidencia?

Se debe respetar el nombre tal cual se dio de alta ante la autoridad.

¿Qué es el Tipo de cambio Fix?

El tipo de cambio FIX es usado como una referencia entre el peso mexicano y el dólar estadounidense, el cual es determinado por el Banco de México. La denominación de FIX proviene del inglés (Fixed Exchange Rate) que en español significa tipo de cambio fijo.

 

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